2008. La Ley de Contribución de los Precios Extraordinarios de ese año fijó dos esquemas de pago. Si la cotización del Brent supera los $70, las petroleras pagan una tasa de 50% sobre la diferencia entre el promedio mensual y el umbral de $70. Si el precio supera los $100 la alícuota sube a 60%, y se paga sobre la diferencia entre el promedio mensual y el umbral de $100. Ese año las petroleras objetaron la contribución y la misma fue considerada de confiscatoria.
2010. El Gobierno revisa la ley y establece tres esquemas de pago. Si el barril está entre $70 y 90 se aplicará una alícuota de 80% sobre la diferencia de precios. Cuando la cotización se encuentre entre $90 y 100, la tasa a pagar por las petroleras sobre la diferencia será de 90%. Si el precio es igual o mayor a $100 la alícuota a pagar sobre la diferencia llegará a 95%. No se precisó si la referencia seguirá siendo el Brent.
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sábado, 23 de abril de 2011
Contribución de los Precios Extraordinarios
Contribución
EL UNIVERSAL
sábado 23 de abril de 2011 12:00 AM
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